jueves, 7 de abril de 2011

- El exhorto del congreso al IEPCT, vulnera su autonomía e independencia



Lo que pudiera ser un desliz más del Congreso del Estado, no lo es, dada la gravedad del asunto. No es lo mismo que el congreso se falte el respeto, subaste su autonomía y someta sus decisiones al ejecutivo, a que intente manchar la imagen y restar credibilidad a la institución electoral. En el exhorto que envía al IEPCT, invade otras esferas de competencia y viola la autonomía e independencia constitucionales del organismo electoral, pues éste se rige por las facultades que la ley le otorga en materia de fiscalización y en otros asuntos relacionados con los procesos electorales. Con motivo del 92 aniversario de la promulgación del Constitución Local el Consejero Jurídico del Poder Ejecutivo, Miguel Alberto Romero dijo “los que piensen que pueden violentarla, encontrarán una respuesta de Estado firme y decidida", pues aquí tiene chamba el Estado.

La “brillantísima” idea del exhorto fue propuesta por el diputado Fernando Morales Mateos, presidente de la Comisión de Asuntos Electorales, quien hasta ahorita no le atina a una, si fuera beisbol choco diríamos que no le pega ni a un coco. Con todo respeto necesita leer más para estar acorde con los tiempos y superar la edad de piedra, sus discursitos vacíos y desgastados resultan chocantes y sobre todo evidencian su ignorancia en materia electoral. Al emitir el congreso un exhorto al IPECT para que profundice en la investigación, sobre los gastos ordinarios 2008 y de precampaña y campaña 2009 del PRD, olvidan que representan al Poder Legislativo, y actúan como un apéndice del PRI al servicio del ejecutivo. Al caer en estos excesos, el exhorto carece de autoridad moral, pues son “candil de la calle y oscuridad en su casa”, su casa de la calle Independencia a la que por cierto no hacen honor. Al decir Congreso del Estado me refiero a esa mayoría artificial priísta que avasalla.

La Constitución Local es clara, el Articulo 9, apartado a) señala que “El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco será autoridad competente en la materia, autónomo en su funcionamiento e independiente en sus decisiones y profesional en su desempeño; contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos y técnicos”; el apartado h) del mismo Artículo dice que “La fiscalización de las finanzas de los partidos políticos estará a cargo de un órgano técnico del Consejo”. Si el IEPCT está revestido de autonomía e independencia constitucionales y la ley establece capacidades al Órgano Técnico de Fiscalización. ¿En que fundamentan el exhorto?

En el colmo de los excesos, el diputado por Macuspana sentencia al IEPCT “Si del resultado de los trabajos que ese órgano realice, se detecta la probable comisión de delitos, se le exhorta para que presente las denuncias y querellas correspondientes”, para comenzar, por si el diputado no se enteró, aun estando en la sesión del Consejo Electoral, lo que se revisarán serán los proyectos en sus resolutivos, no los dictámenes técnicos, es decir no, habrá una nueva fiscalización. ¿Dónde queda la autonomía del IEPCT y la independencia en sus decisiones? Cómo mandar exhortos cuando todo mundo sabe cómo se las gasta el Congreso del Estado a través de su OSF para realizar las fiscalizaciones a las distintas áreas de gobierno.

Hay temas en la materia electoral que si son interesantes y serios, pero no hay la capacidad ni la voluntad política para hacer una reforma electoral integral. ¿Por qué creen que hay tanto rezago en materia de fiscalización y de denuncias y quejas? Las denuncias y los gastos de las campañas del 2009 pasan al Consejo cuando ya no hay materia, si se hubiesen afectado algunos de los bienes tutelados por la ley ya no se podrían resarcir los daños. En serio señores diputados ¿no han pensado de dónde vienen todos estos enredos? Sus homólogos de Chiapas y de otras entidades, como Michoacán y Baja California Sur si han puesto atención al asunto.

En Chiapas cuentan con una Comisión de Fiscalización Electoral, que preside un ex consejero electoral y es ajena totalmente al órgano electoral. Entre sus facultades están las de: Suspender de forma inmediata la difusión de publicidad o propaganda denigrante, injuriosa o dañina en contra de los partidos políticos, coaliciones, precandidatos, candidatos, autoridades electorales. Encausar y resolver a todos los procedimientos administrativos sancionadores relacionados con la violación a la legislación electoral. Requerir obligatoriamente a cualquier autoridad o particular, siendo inoponibles los secretos bancarios, fiduciario y fiscal y verificar el cumplimiento de las promesas de campaña de los candidatos electos.

Si en Tabasco tuviéramos una comisión como ésta, el IEPCT estaría concentrado en sus tareas administrativas y operativas relacionadas con los procesos electorales y no se tendrían los rezagos como a la fecha. Por lo tanto creo que el órgano técnico de fiscalización debe ser independiente del IEPCT. Las denuncias y quejas deben ser desahogadas por otra dirección, no la por la Secretaria Ejecutiva, no hay el personal ni el tiempo para desahogarlas, es por eso que se acumulan las denuncias, los partidos presionan y los plazos vencen, “nadie está obligado a lo imposible”, dice un principio general de derecho. En fin veremos. joaquinperegrino@hotmail.com Twiter: @joaquinpegoz

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