En concreto…
Por: Joaquín Peregrino Gómez
- Motivados por el miedo, los tricolores inundan al IEPCT con denuncias
Son risibles las demandas interpuestas por el PRI vía su representante ante el IEPCT, Martín Darío Cázares. En el afán por frenar el avance del senador con licencia y precandidato de las izquierdas al gobierno del estado Arturo Núñez Jiménez, el tricolor recurre a todo tipo de artimañas legaloides para armar denuncias que de plano no tienen sustento, claro ellos le apuestan a que el IEPCT será su aliado y les dará la razón. Aunque hasta ahora los Consejeros Electorales no han dado muestras clara de su total independencia, - hay sus excepciones que son muy honrosas - los ciudadanos confían en que en el futuro inmediato actuaran en todo momento apegados a derecho y sin presiones. A los dirigentes del PRI y a su equipo jurídico les cunde el pánico, saben que han perdido el apoyo ciudadano y ahora tratarán de ganar intimidando con denuncias y presionando a la autoridad electoral y a los tribunales lo que no lograrán en las urnas.
Con un manojo de periódicos, una sonrisa forzada y una maleta de discos compactos con grabaciones de programas de radio y otras tantas ocurrencias, se le vio al representante del PRI acudir ante el IEPCT para presentar sendas denuncias en contra del PRD, de Arturo Núñez, Óscar Cantón y Adán Augusto López y todo cuanto opositor se mueva, ese es el tamaño del miedo. El partir del día de ayer, y por casi una semana, buena parte del personal del área jurídica estará encargada de revisar todo ese arsenal de discos, para buscar en más de 4 horas de grabación, los 5 o 10 minutos que competen a la denuncia interpuesta por el PRI, cuando debería ser este partido quien enviara las grabaciones ya seleccionadas, claro, como siguen pensando que el IECPT es de sus propiedad, ahora de manera irresponsable distraerán buena parte del personal ocasionando atrasos en otros trabajos que son prioritarios.
En sus denuncias acusan al senador con licencia y a otros actores del PRD, de dar conocer sus aspiraciones. Para comenzar la Ley Electoral lo que prohíbe es hacer proselitismo adelantado, todo ciudadano es libre de externar sus aspiraciones políticas, lo contrario sería violatorio de las garantías individuales que gozamos por mandato constitucional todos los ciudadanos. Al PRD se le denuncia por difundir su método de selección “antes del tiempo establecido” dicen ellos. Efectivamente la Ley Electoral establece en Artículo 202, el plazo para dar a conocer al Consejo Estatal, el método de selección y los plazos para la realización de su proceso interno, pero nunca prohíbe darlos a conocer lo a la opinión pública, pues todos los actos previos a las precampañas como lo señala el Artículo 201, son públicos en cierto sentido.
Y es que debe causar molestia ver como se ponen de acuerdo los de enfrente, mientras en la casa propia reina la desorganización y la incertidumbre. El PRI se dice respetuoso de los tiempos establecidos en la norma electoral y a decir verdad, no les queda de otra. No hay manera que se ponga de acuerdo, si lo hubiesen hecho, lo estarían cacaraqueando a los cuatro vientos. ¿Qué pasará si hoy por fin definen el método de selección? ¿Lo harán público, o “para no infringir la ley electoral” lo mantendrán en secreto? Creo que lo más sano para el Revolucionario Institucional, sería ponerse a trabajar en su organización interna y no estar tan preocupados en llenar de denuncias al IEPCT en contra de sus adversarios, pues mientras más dilatan su proceso interno de selección, mas heridas dejan en el camino y más se alejan de los ciudadanos.
CONCRETÍSIMO
…EL 23 DE DICIEMBRE, sesionó el Consejo Estatal Electoral para presentar un nuevo resolutivo en contra de Adán Augusto López derivado de una queja presentada por el PRI, la que fue regresada por el TET, por faltarle motivación y fundamentación. Lo singular del asunto es que el 23 de noviembre los consejeros votaron de manera unánime exonerando al diputado federal con licencia. Voto que debió ser argumentado y razonado al ser emitido. Al regresar el expediente, el TET pide al consejo a través de la Secretaría Ejecutiva que emita el resolutivo que en derecho corresponda de acuerdo a sus facultades implícitas en el Artículo 128 de la Ley Electoral.
A la Secretaría Ejecutiva se le hizo más fácil elaborar un nuevo dictamen, pero ahora sancionando con una Amonestación Pública al denunciado, en sentido contrario al emitido el 23 de noviembre, pero con los mismos vicios, sin motivar ni fundamentar bien esta resolución, pues al valorar las mismas pruebas nunca acreditaron los hechos que le imputan. Esto envía una mala señal a los ciudadanos al hacer evidente la incongruencia y la falta de eficacia jurídica en las decisiones tomadas por los Consejeros Electorales. Quiero aclarar que solo tres consejeros argumentaron su voto, pero solo dos fueron congruentes en su decisión al razonar jurídicamente su voto y hacerlo en contra del dictamen; la consejera Elide Moreno y el consejero Rosendo Gómez Piedra. Esperamos ver a los árbitros electorales actuar en todo momento, apegados a los principios rectores de la institución que representan. En fin, veremos. joaquinperegrino@hotmail.com. www.enconcreto-jpg.blogspot.com
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